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Novedades de la Declaración de la Renta en la Comunidad Valenciana: deducciones por ir al gimnasio o al dentista y comprar gafas

La Agencia Tributaria inicia el miércoles, 3 de abril, y hasta el 1 de julio la Campaña de la Renta y Patrimonio de 2023 con la presentación de la declaración por internet. Además, a partir el 7 de mayo el contribuyente podrá hacerla por teléfono y desde el 3 junio de manera presencial en sus oficinas, en ambos casos con cita previa.


La Declaración de la Renta llega con importantes novedades a la Comunidad Valenciana. La Generalitat aprobó hace unos meses seis nuevas deducciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que se aplican ya en este proceso, con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2023. Desde el Gobierno autonómico estiman un ahorro total para los ciudadanos de más de 180 millones de euros.


Los gastos cuotidianos en salud y actividad física y los derivados de los cuidados se convierten desde ahora en desgravables, siempre que la suma de la base liquidable general y de la base liquidable del ahorro no sea superior a 32.000 euros en el caso de una declaración individual o a 48.000 en una conjunta.


Los contribuyentes valencianos pueden deducirse el 30% de los gastos asociados a la práctica de deporte y actividades saludables, con un límite de 150 euros. Si el declarante es mayor de 65 años o tiene una discapacidad igual o superior al 33 %, el porcentaje se eleva al 50%. Si es mayor de 75 años o tiene una discapacidad igual o superior al 65 %, la deducción será del 100%.


En este apartado se incluyen las cuotas satisfechas a gimnasios, clubes deportivos, federaciones deportivas, grupos de recreación deportiva, secciones deportivas o de recreación deportiva de otras entidades no deportivas, agrupaciones de recreación deportiva, asociaciones de federaciones y sociedades anónimas deportivas.


También la adquisición del equipamiento obligatorio para la práctica del deporte federado, los servicios personales de entrenamiento prestados por técnicos y entrenadores deportivos o por traumatólogos, dietistas-nutricionistas, fisioterapeutas, podólogos o técnicos superiores en Dietética. Todo ello, siempre que se puedan acreditar los pagos con factura.


En el ámbito de la salud se han establecido otras deducciones de hasta 100 euros por los gastos derivados del tratamiento y cuidado de personas con enfermedades raras o crónicas de alta complejidad, así como de aquellas con daño cerebral adquirido o Alzhéimer. Si se trata de una familia numerosa o monoparental, la deducción aumenta hasta los 150 euros.


Otra de las novedades en la Declaración de la Renta de este año apunta a los gastos de los contribuyentes en ópticas, clínicas dentales o gabinetes de psicología.


Los valencianos se pueden deducir el 30% del desembolso realizado -hasta 100 euros- en la compra de cristales graduados, lentes de contacto y soluciones de limpieza. Del mismo modo, puede desgravarse el 30% del coste de los productos, servicios y tratamientos adquiridos vinculados a la salud bucodental, de carácter no estético, con un máximo de 150 euros. La deducción afecta también a los gastos de atención a personas con patologías relacionadas con la salud mental.


Todas estas deducciones son compartibles entre sí y el límite se establece por contribuyente, aunque los desembolsos pueden ir destinados al tratamiento de su cónyuge o de aquellas personas que den derecho a la aplicación de los mínimos familiares por descendientes y ascendientes.




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